ARTICULO 7o . Oficina de Planeación y Métodos . A la Oficina de Planeación y Métodos le corresponderá ejercer las siguientes funciones: 1º. Asesorar a las distintas dependencias de la Superintendencia en el diseño, ejecución y supervisión de planes y métodos de trabajo y en la determinación de sus recursos. 2º. Recomendar la adopción de mecanismos de control interno que contribuyan a lograr el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a las diferentes dependencias de la Superintendencia de Cambios. 3º. Recomendar la adopción de programas de trabajo en las diferentes dependencias de la Superintendencia y verificar su cumplimiento. 4º. Identificar aquellas áreas o procedimientos que puedan automatizarse y recomendar su inclusión en los planes de sistematización. 5º. Remitir al Departamento Nacional de Planeación los informes que le sean requeridos. 6º. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Decreto 1745 de 1991 →Vigente
Artículo 7
O
Decreto 1745 de 1991 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Controlde Cambios y las funciones de sus dependencias internas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.