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Artículo 17

Unidades Regionales

Decreto 2700 de 2003 · por el cual se modifica la estructura de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Unidades Regionales. La Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, tendrá hasta ocho (8) Unidades Regionales, las cuales desarrollarán las siguientes funciones

1.

Promocionar los productos y servicios de la Financiera, en el área de su jurisdicción, como instrumentos fundamentales para el desarrollo, mediante la utilización de mecanismos como reuniones, foros, seminarios y visitas a los clientes, entre otros.

2.

Adelantar acciones con entidades públicas y privadas para que se elaboren estudios y se canalicen recursos para la financiación de proyectos mediante la utilización del crédito de la entidad.

3.

Planear, dirigir y evaluar las actividades comerciales, administrativas y operativas.

4.

Garantizar el cumplimiento de los objetivos y metas en cuanto a la colocación de recursos de crédito, en su área de influencia.

5.

Promocionar y afianzar la imagen y los productos de la entidad ante los intermediarios financieros y demás entidades públicas y privadas de su área de influencia.

6.

Monitorear y analizar el mercado en el área de influencia y proponer el fortalecimiento o desarrollo de nuevos productos acordes con las necesidades de clientes y beneficiarios.

7.

Definir qué proyectos y negocios deben ser enviados a la División de Proyectos para su estudio y aprobación.

8.

Revisar, preparar y enviar la documentación correspondiente a las solicitudes de crédito, y realizar el seguimiento a los proyectos que les sean asignados.

9.

Promover, administrar e implementar los programas de asistencia técnica, de acuerdo con las directrices de la entidad.

10.

Ejecutar las políticas comerciales, jurídicas, administrativas y financieras establecidas por la entidad.

11.

Mantener y fortalecer las relaciones con los intermediarios financieros a escala local.

12.

Tramitar las solicitudes de desembolsos de recursos a los proyectos que, como resultado de las operaciones de crédito, se ejecuten en la jurisdicción asignada.

13.

Realizar la interventoría a los proyectos que le sean asignados.

14.

Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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