Micelio

Artículo 64

Funciones

Ley 1474 de 2011 · por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Comisión Nacional para la Moralización tendrá las siguientes funciones:

a)

Velar por el cumplimiento de la aplicación de la presente ley y de la Ley 190 de 1995;

b)

Coordinar la realización de acciones conjuntas para la lucha contra la corrupción frente a entidades del orden nacional o territorial en las cuales existan indicios de este fenómeno;

c)

Coordinar el intercambio de información en materia de lucha contra la corrupción;

d)

Realizar propuestas para hacer efectivas las medidas contempladas en esta ley respecto de las personas políticamente expuestas;

e)

Establecer los indicadores de eficacia, eficiencia y transparencia obligatorios para la Administración Pública, y los mecanismos de su divulgación;

f)

Establecer las prioridades para afrontar las situaciones que atenten o lesionen la moralidad en la Administración Pública;

g)

Adoptar una estrategia anual que propenda por la transparencia, la eficiencia, la moralidad y los demás principios que deben regir la Administración Pública;

h)

Promover la implantación de centros piloto enfocados hacia la consolidación de mecanismos transparentes y la obtención de la excelencia en los niveles de eficiencia, eficacia y economía de la gestión pública;

i)

Promover el ejercicio consciente y responsable de la participación ciudadana y del control social sobre la gestión pública;

j)

Prestar su concurso en el cumplimiento de las acciones populares en cuanto tienen que ver con la moralidad administrativa;

k)

Orientar y coordinar la realización de actividades pedagógicas e informativas sobre temas asociados con la ética y la moral públicas, los deberes y las responsabilidades en la función pública;

l)

Mantener contacto e intercambio permanentes con entidades oficiales y privadas del país y del exterior que ofrezcan alternativas de lucha contra la corrupción administrativa;

m)

Prestar todo su concurso para la construcción de un Estado transparente;

n)

Darse su propio Reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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