Micelio

Artículo 7

º

Decreto 605 de 1994 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 002 de 29 de noviembre de 1993 de la Junta Directiva del Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán Sarmiento" que adopta los estatutos y el marco interno de funcionamiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Junta Directiva estará integrada por los siguientes miembros

a)

El Ministro de Educación o su delegado, quien la presidirá;

b)

Un delegado del Ministro de Hacienda y Crédito Público;

c)

Un delegado del señor Presidente de la República;

d)

El Rector de la Universidad Nacional o su delegado;

e)

Cuatro (4) delegados de la Fundación "Luis Carlos Galán Sarmiento".

Parágrafo 1

º. El Director del Instituto para el Desarrollo de la Democracia asistirá a las reuniones de la Junta Directiva, con voz pero sin voto, para lo cual podrá hacerse acompañar de los funcionarios del Instituto que considere convenientes.

Parágrafo 2

º. Actuará como secretario general de la Junta el Director del Instituto, y como tal firmará las actas con el presidente de la misma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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