Las sales que se remitan a la agencia de Popayán serán despachadas directamente de Buenaventura, sin entrar a los almacenes del tránsito, para lo cual el Subadministrador de Cali tendrá en cuenta los pedidos que le haga el Jefe de aquella Agencia.
Decreto 849 de 1922 →Vigente
Artículo 11
Las Sales Que Se Remitan A La Agencia De Popayán Serán Despachadas Directamente De Buenaventura, Sin Entrar A Los Almacenes Del Tránsito, Para Lo Cual El Subadministrador De Cali Tendrá En Cuenta Los Pedidos Que Le Haga El Jefe De Aquella Agencia
Decreto 849 de 1922 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre administración de las salinas marítimas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.