°. Modifíquese el artículo 12 del Decreto 1790 de 2012, el cual quedará así: “Artículo 12 . Composición del Grupo Técnico Minero-Energético. El Grupo Técnico Minero-Energético estará conformado por los siguientes miembros: El Presidente de Ecopetrol S. A., o su delegado. 2. El Presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) (o la entidad que haga sus veces), o su delegado. 3. Un representante de la industria de hidrocarburos en Colombia elegido por el Ministro de Hacienda y Crédito Público; y 4. Dos (2) miembros elegidos por el Ministro de Hacienda y Crédito Público de la lista de candidatos que para el efecto elabore la Secretaría Técnica del Comité”.
Decreto 370 de 2020 →Vigente
Artículo 5
Modifíquese El Artículo 12 Del Decreto 1790 De 2012, El Cual Quedará Así: “artículo 12
Decreto 370 de 2020 · por el cual se modifica el Decreto 1790 de 2012 en lo relacionado con el Comité Consultivo para la Regla Fiscal y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.