Micelio

Artículo 2

Límite De Las Operaciones

Decreto 4810 de 2010 · por medio del cual se dictan normas en relación con el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet) y se modifica el parágrafo 1° del artículo 1° del Decreto 4105 de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Límite de las operaciones . La acreditación de saldos a favor de las entidades acreedoras de cuotas partes pensionales adeudadas tendrá como límite el 10% del saldo en cuenta de la entidad territorial deudora. La acreditación de saldos por cuotas partes pensionales estimadas de acuerdo con su valor actuarial tendrá como límite el 20% del saldo en cuenta de la entidad deudora. La determinación del saldo en cuenta se realizará, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 1° del Decreto 4105 de 2004.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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