° Todos los gastos que demande la emisión de los bonos del Tesoro, así como el sueldo del Interventor a que alude el ordinal del artículo 2o. de este Decreto, serán pagados por la Junta, delos fondos que reciba procedentes de la renta destinada al servicio de la deuda representada por dichos bonos.
Decreto 169 de 1922 →Vigente
Artículo 3
Todos Los Gastos Que Demande La Emisión De Los Bonos Del Tesoro, Así Como El Sueldo Del Interventor A Que Alude El Ordinal Del Artículo 2o
Decreto 169 de 1922 · Por el cual se reglamenta el artículo 42 de la Ley 6a del año en curso, relativo a la emisión de bonos del Tesoro
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.