Micelio

Artículo 7

º

Decreto 77 de 1994 · Por el cual se establece el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos técnicos-científicos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 7 º. De los puntajes como base de remuneración. Adóptese el sistema depuntuación para fijar la clasificación y remuneración del personal Técnico-Científico del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" de acuerdo con los siguientes factores

a)

Escolaridad.

b)

Experiencia profesional.

c)

Categoría del escalafón.

d)

Productividad científica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 77 de 1994