Micelio

Artículo 4

Ley 98 de 1923 · Por la cual se provee a la construcción de cables aéreos, y confiere unas autorizaciones al Gobierno y a la Junta Directiva del Ferrocarril del Pacífico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno para contratar la construcción de esta obra y para conseguir un empréstito destinado a ella.

Los contratos a que se refiere este Artículo no requieren la ulterior aprobación del Congreso; serán sometidos si a la aprobación de la Junta de Empréstitos, constituida de conformidad con la Ley 102 de 1922 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 98 de 1923