La comisión de faltas leves dará lugar a la aplicación de las sanciones disciplinarias contempladas en los literales a), b) y c) del artículo anterior, y a la suspensión hasta por diez (10) días sin derecho a remuneración. Las faltas graves o la reincidencia en faltas leves pueden dar lugar a suspensión por más de diez (10) días sin derecho a remuneración, o a destitución, según el caso. Hay lugar al aplazamiento del ascenso en el Escalafón en el caso previsto en el artículo 90 de este Decreto.
Decreto 1745 de 1983 →Vigente
Artículo 86
La Comisión De Faltas Leves Dará Lugar A La Aplicación De Las Sanciones Disciplinarias Contempladas En Los Literales A), B) Y C) Del Artículo Anterior, Y A La Suspensión Hasta Por Diez (10) Días Sin Derecho A Remuneración
Decreto 1745 de 1983 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos extraordinarios 2016 y 2017 de 1968
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.