Micelio

Artículo 16

Decreto 2515 de 1999 · por el cual se modifica la estructura de la Corporacion Electrica de la Costa Atlantica, Corelca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Asunción de obligaciones. En desarrollo del proceso de reestructuración, la Nación-Ministerío de Hacienda y Crédito Público asumirá única y exclusivamente los pasivos que se relacionan a continuación

a)

Las obligaciones financieras de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica S. A. E.S.P. - Corelca S. A. E.S.P, originadas y derivadas de los créditos que a continuación se relacionan, en las cuantías que sean necesarias para pagar el capital, intereses, comisiones y demás gastos y costos de dichas obligaciones en forma integral y total: - Créditos Financiera Energética Nacional -FEN- números FB-02, FH-007, FCH-004, FCH-006, FEX-007, FEX-012, CE-20405, CE-20437, CE-20453, CE-20479, CE-20493. - Créditos ISAGEN: Termochinú y BID-540 - Crédito Bayerische Landesbank;

b)

Las obligaciones correspondientes a bonos pensionales a cargo de la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica S. A. E.S.P. - Corelca S. A. E.S.P, las cuales serán asumidas a través del Fondo de Reservas para Bonos Pensionales.

Parágrafo

Para efecto de lo dispuesto en el presente articulo, se tomarán en cuenta las obligaciones originalmente contraídas en los contratos de empréstito y, si es del caso, las establecidas en posteriores acuerdos de pago y en los demás actos, contratos o instrumentos que los modifiquen o complementen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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