Ley 86 de 1920 · por la cual se ordena el estudio y construcción de las vías férreas de la Intendencia Nacional del Chocó, y se da una autorización al Gobierno.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Para atender a la ejecución de las obras que se ordenan por la presente Ley, el Gobierno queda autorizado para contratar el empréstito o empréstitos que, de conformidad con los estudios técnicos, fueren necesarios.
Queda asímismo autorizado el Gobierno para garantizar las obligaciones que contraiga con las unidades del impuesto de Aduanas que considere indispensables.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.