Artículo noveno. Los planteles educativos que practiquen los exámenes de validación de que trata el Decreto, no podrán cobrar por ellos erogación distinta de la establecida en el artículo 25 del Decreto 156 de 1967 y su distribución se hará de acuerdo con lo establecido por la disposición citada.
Decreto 2305 de 1968 →Vigente
Artículo 9
Del Decreto 156 De 1967 Y Su Distribución Se Hará De Acuerdo Con Lo Establecido Por La Disposición Citada
Decreto 2305 de 1968 · Por el cual se reglamentan los exámenes de validación y admisión en la educación media y normalista, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.