Micelio

Artículo 5

Cuentas Maestras

Decreto 971 de 2011 · por medio del que se define el instrumento a través del cual el Ministerio de la Protección Social girará los recursos del Régimen Subsidiado a las Entida-des Promotoras de Salud, se establecen medidas para agilizar el flujo de recursos entre EPS e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Cuentas maestras. Las cuentas bancarias registradas por las EPS ante el Ministerio de la Protección Social para el recaudo y giro de los recursos que financian el Régimen Subsidiado de que trata el presente decreto, se considerarán cuentas maestras. CAPÍTULO II Instrumento técnico y reporte de información para el giro de los recursos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 971 de 2011