Artículo primero . De la partida global apropiada en el Capítulo 284, artículo 2943 del Presupuesto de Gastos pata la vigencia fiscal en curso: "Para jornales y gastos de sostenimiento de loa Dispensarios Antituberculosos. Centros Epidemiológicos Antituberculosos, Hospitales sanitarios. Unidades Móviles Laboratorios BCG, y Vacunación, Campaña de Vacunación en Masa con BCG, y demás organismos de la Campaña Antituberculosa Nacional, existentes o que se funden, administrados directamente por el Ministerio, según distribución que hará el Gobierno Nacional por el Decreto separado, en la presente vigencia y anteriores", hacerse la siguiente distribución: CAPITULO 284 Artículo 2943 Oficina 374. Clave 003. Ordinal Para jornales y gastos de sostenimiento del Pabellón Antituberculoso del Hospital San Juan de Dios de Bucaramanga, por una sola vez $ 14.000.00
Decreto 2302 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Del Presupuesto De Gastos Pata La Vigencia Fiscal En Curso: "para Jornales Y Gastos De Sostenimiento De Loa Dispensarios Antituberculosos
Decreto 2302 de 1957 · Por el cual se distribuye la partido global y gastos de sostenimiento de las diversas entidades de la Sección de Tuberculosis del Ministerio de Salud Pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.