º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 28 de junio 1996 ERNESTO SAMPER PIZANO El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, Camilo Reyes Rodríguez El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Antonio Ocampo Gaviria
Decreto 1164 de 1996 →Vigente
Artículo 7
º
Decreto 1164 de 1996 · por medio del cual se suprimen, se crean unos cargos y se hace un nombramiento en el servicio exterior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.