Para la liquidación de "Mineros del Chocó S.A." la Junta Directiva de la Empresa "Metales Preciosos del Chocó S.A." podrá nombrar un liquidador especial, delegando en él la representación legal de la empresa en liquidación. El liquidador ejercerá sus funciones a partir de la fecha de aceptación de su nombramiento, con las obligaciones y facultades que la Junta Directiva de "Metales Preciosos del Chocó S.A." le delegue, sin otras formalidades; el liquidador no estará sujeto a inhabilidades, incompatibilidades, o prohibiciones especiales previstas en la ley para los liquidadores de sociedades comerciales.
Ley 13 de 1986 →Vigente
Artículo 12
Ley 13 de 1986 · Por la cual se autoriza la intervención del Estado en unas empresas mineras y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.