Micelio

Artículo 3.1.2.2

Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Pilares temáticos. La Política Pública Exterior Feminista está orientada por los siguientes ejes temáticos:

a)

Justicia social: En el marco de la Política Pública Exterior Feminista, se en­tiende a la justicia social como un compromiso con la igualdad y la seguridad humana a nivel global, lo cual implica priorizar los instrumentos diplomáticos, así como la política bilateral y multilateral, la cooperación internacional para transformar las estructuras políticas y sociales para mitigar riesgos y garantizar la protección de la vida. Se busca promover un enfoque integral que reconozca y aborde las diversas formas de opresión y desigualdad que afectan a las personas en todo el mundo, especialmente a las mujeres en sus diversidades, personas LGBTIQ+ y mujeres colombianas que habitan en el exterior, a través de la pro­moción de los derechos y libertades fundamentales, la igualdad de género y la justicia en las relaciones internacionales.

b)

Justicia ambiental: La justicia ambiental se entiende como el compromiso de garantizar que todas las personas y comunidades, tengan acceso a mecanismos e instrumentos que les permitan proteger sus derechos ambientales de manera equitativa. Esto implica la implementación de medidas que aseguren la autono­mía y oportunidad en la búsqueda de protección, reparación y restauración de los daños ambientales causados por acciones humanas, reconociendo la interco­nexión entre las acciones globales y sus impactos locales en el medio ambiente y en las comunidades, especialmente sobre las poblaciones beneficiarias de la Política Pública Exterior Feminista.

c)

Paz positiva: Se enfoca en la necesidad de transformar las causas estructurales de la guerra, pretende transformar la sociedad actual, de tal forma que las muje­res en sus diversidades, personas LGBTIQ+ y mujeres colombianas que habitan en el exterior cuenten con libertad y respeto sobre las decisiones que correspon­den a su amor, a su deseo, a su identidad y a su cuerpo, y representa la posibili­dad de existir sin ser violentadas, de tener acceso a oportunidades de desarrollo personal y autonomía.

d)

Educación, ciencia y cultura: Se enfoca en promover la equidad y la inclusión en los ámbitos educativo, científico y cultural a nivel internacional a través de la promoción del acceso igualitario a la educación, el fomento de la participa­ción equitativa en actividades científicas y culturales y el reconocimiento del aporte de diversas comunidades, especialmente de mujeres en sus diversidades, personas LGBTIQ+ y mujeres colombianas que habitan en el exterior, en estos campos en el marco de las relaciones internacionales y la diplomacia.

e)

Fortalecimiento Institucional del sector de Relaciones Exteriores de Colom­bia: Se concibe como un pilar estructural y necesario para el correcto desarrollo de los demás pilares, dada la necesidad de una transformación de la cultura ins­titucional de los sectores a cargo de su implementación y de la adecuación de su gestión institucional para la implementación de la política exterior del país desde una perspectiva feminista. Este eje se compone de tres temas: i) transversaliza­ción del enfoque de género en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión; ii) adecuación institucional para la igualdad de género y; iii) transformación cultu­ral y entorno laboral libre de violencias y actos de discriminación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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