Gastos de inhumación En caso de fallecimiento de un alumno de las Escuelas de formación de Oficiales y Suboficiales, los gastos de inhumación serán cubiertos por la Policía Nacional, así
Cadetes y Alféreces, lo que corresponda en tiempo a un Subteniente;
Alumnos de la Escuela de Formación de Suboficiales, lo que corresponda en todo tiempo a un Cabo segundo.
Cuando por exigencia de los familiares del fallecido los servicios funerarios y de inhumación no hubieren sido atendidos directamente por la Policía Nacional, esta cancelará la persona o personas que comprueben haber hecho los gastos de valor de éstos hasta por la cuantía determinada para cada caso en el presente artículo.