Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación y Programa Hambre Cero . Créese el Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación (SNGPDA) como instancia liderada y administrada por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE), en articulación con la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN) o quien haga sus veces y las instancias territoriales, y garantizará la participación paritaria de las organizaciones de la sociedad civil y de titulares de derechos en las instancias de gobernanza alimentaria.
Este sistema fungirá como mecanismo de articulación, coordinación y gestión entre los actores que intervienen en las acciones para la Garantía Progresiva del Derecho en todas sus escalas de realización (seguridad, autonomía y soberanía alimentaria), y coordinará el Programa Hambre Cero, creado y liderado por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE). Desde el sistema también se acompañará el proceso de formulación e implementación participativa de la política pública para la garantía progresiva del derecho humano a la alimentación adecuada y de lucha contra el hambre.
El sistema se apoyará en el Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición (ODAN) y en el Sistema Nacional de Seguimiento y Monitoreo para la Superación del Hambre y la Malnutrición (SNSHM) instancias que serán reguladas por el Gobierno nacional.
Los recursos para su ejecución deberán estar de acuerdo con las disponibilidades presupuestales, el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo.
El Programa Hambre Cero articulará cuanto menos: El Sistema Nacional de Seguimiento y Monitoreo para la Superación del Hambre y la Malnutrición; el Plan Decenal de Lactancia Materna y Alimentación Complementaria; el Programa de Alimentación Escolar (PAE); la Ley de Compras Públicas a la Agricultura Familiar; la oferta de otras instituciones públicas; la celebración de convenios con privados y con alianzas público populares; las áreas de recuperación nutricional, direccionadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y el Ministerio de Salud y Protección Social, y la transferencia “Hombre Cero” a cargo de Departamento Administrativo de Prosperidad Social (DPS).