Micelio

Artículo 3

Decreto 2570 de 1947 · Por el cual se dictan algunas disposiciones acerca de la dirección y administración de varios trabajos (ramo de Carreteras Nacionales)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. Quedan por el presente modificados los Decretos números 555 de 1946 y 0856 de 1947, en lo que se refiere a las apropiaciones para las dos obras mencionadas y en lo que se relaciona con el recibo de fondos, pago de gastos y rendición de cuentas referentes a dichas carreteras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2570 de 1947