Competencia Para La Aplicación De La Sanción De Cierre
Decreto 2437 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a Producción, Procesamiento, Transporte y Comercialización de la Leche
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Competencia para la aplicación de la sanción de cierre . El cierre será impuesto mediante resolución motivada, expedida por el jefe de Servicio de Salud respectivo.
Parágrafo 1
A partir de la ejecutoria de la resolución por la cual se imponga el cierre total no podrá desarrollarse actividad alguna en la edificación o establecimiento, salvo lo necesario para evitar el deterioro de los equipos o la conservación del inmueble. Si el cierre es parcial, no podrá desarrollarse actividad alguna en la zona o sección cerrada, salvo la necesaria para evitar el deterioro de los equipos o la conservación del inmueble.
Parágrafo 2
El cierre implica que no podrán venderse los productos que en el establecimiento o edificación se elaboren.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.