Micelio

Artículo 2

Decreto 15 de 1878 · Por el cual se anexan las Administraciones subalternas de Hacienda nacional e Anapoima, Guamo, Purificación i Natagaima a las oficinas telegráficas establecidas en dichos lugares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo. 2.° A los telegrafistas se abonarán las cantidades asignadas para gastos de material de las Administraciones subalternas que se anexan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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