º . Comité técnico . Para apoyar las funciones del Consejo Nacional se crea un Comité Técnico integrado por los secretarios técnicos de cada una de las Mesas Nacionales encargadas del cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional, así: Un delegado del Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo, un delegado del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, un delegado del Ministerio del Interior y de Justicia, un delegado de la Vicepresidencia de la República, un delegado del Departamento Nacional de Planeación un delegado de la Red de Solidaridad Social y un delegado de la Mesa Nacional de Fortalecimiento a Organizaciones de Población Desplazada.
Presidencia y funciones del Comité . Este Comité será presidido por el funcionario que designe el Director de la Red de Solidaridad Social y cumplirá las siguientes funciones
Preparar la documentación que requiera el Consejo Nacional para la Atención Integral a la Población Desplazada para sus deliberaciones y la adopción de las decisiones a que haya lugar.
Preparar los proyectos de ley, de decreto o de acto administrativo que se requieran para el cumplimiento de las funciones del consejo y de los objetivos del Plan.
Asesorar a los miembros del Consejo en los asuntos de su competencia.
Hacer seguimiento a la ejecución del plan adoptado mediante el procedimiento del presente decreto.
Las demás que le asigne el Consejo y se relacionen con su naturaleza.