º De conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley 75 de 1986, y con base en las certificaciones que para tal efecto expidieron el Departamento Nacional de Estadística y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, las personas naturales para determinar la renta o ganancia ocasional, según el caso, proveniente de la enajenación durante el año gravable de 1986, de bienes raíces y de acciones o aportes, que tengan el carácter de activos fijos, podrán restar como costo fiscal, el valor que se obtenga de multiplicar el costo de adquisición del bien enajenado, por la cifra de ajuste contenida en el presente artículo que figure frente al respectivo año de adquisición del bien. El valor así obtenido puede ser adicionado en el valor de las mejoras y contribuciones por valorización que se hubieren pagado, cuando se trate de bienes raíces. CIFRA DE AJUSTE AÑO DE ADQUISICIÓN ACCIONES Y APORTES BIENES RAICES 1954 y anteriores 84.28 81.30 1955 84.28 81.30 1956 82.59 79.68 1957 76.47 73.78 1958 64.52 62.25 1959 58.99 56.91 1960 55.06 53.12 1961 51.62 49.80 1962 48.58 46.87 1963 45.38 43.78 1964 34.70 33.48 1965 31.76 30.64 1966 27.71 26.74 1967 24.43 23.57 1968 22.69 21.89 1969 21.29 20.54 1970 19.57 18.88 1971 18.27 17.63 1972 16.20 15.62 1973 14.24 13.74 1974 11.63 11.22 1975 9.30 8.97 1976 7.91 7.63 1977 6.30 6.08 1978 4.95 4.77 1979 4.13 3.98 1980 3.26 3.15 1981 2.62 2.53 1982 2.09 2.01 1983 1.68 1.62 1984 1.44 1.39 1985 1.22 1.21
Artículo 7
De Conformidad Con Lo Previsto En El Artículo 64 De La Ley 75 De 1986, Y Con Base En Las Certificaciones Que Para Tal Efecto Expidieron El Departamento Nacional De Estadística Y El Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Las Personas Naturales Para Determinar La Renta O Ganancia Ocasional, Según El Caso, Proveniente De La Enajenación Durante El Año Gravable De 1986, De Bienes Raíces Y De Acciones O Aportes, Que Tengan El Carácter De Activos Fijos, Podrán Restar Como Costo Fiscal, El Valor Que Se Obtenga De Multiplicar El Costo De Adquisición Del Bien Enajenado, Por La Cifra De Ajuste Contenida En El Presente Artículo Que Figure Frente Al Respectivo Año De Adquisición Del Bien
Decreto 535 de 1987 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 75 de 1986 y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.