A partir de la promulgación de la presente Ley y de conformidad con los artículos 334, 341, 359 Y 366 de la Constitución Política, autorizase al Gobierno Nacional para que efectúe las apropiaciones requeridas en el Presupuesto General de la Nación, de conformidad con los lineamientos del marco fiscal de mediano plazo, para la remodelación, recuperación, construcción y terminación de las siguientes obras, que tiene que ver de manera directa con la realización del mencionado festival:
Complejo cultural "Alma llanera".
Museo "Festival del Joropo".
Monumento múltiple "Festival del Joropo".
Construcción del sendero y parque lineal histórico del Festival del Joropo, que incluye las cápsulas virtuales para proyección de la obra en 3D.
Investigación y publicación de las memorias del Festival del Joropo.