º. Sólo en casos extraordinarios y urgentes podrá el Consejo de Ministros adicionar los respectivos acuerdos mensuales.
Decreto 523 de 1922 →Vigente
Artículo 6
Sólo En Casos Extraordinarios Y Urgentes Podrá El Consejo De Ministros Adicionar Los Respectivos Acuerdos Mensuales
Decreto 523 de 1922 · Por el cual se adiciona el número 814 de 1915
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.