Micelio

Artículo 9

La Dirección De Comercio Exterior Del Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo Ejercerá Directamente El Control Del Cumplimiento De Las Finalidades, Objetivos, Políticas Y Programas Que Deben Ser Observados Por La Persona Natural O Jurídica Privada Seleccionada, Con Ocasión Del Ejercicio De La Función Que Se Le Asigna

Decreto 1037 de 2009 · por el cual se determina una función específica a conferir a particulares, en materia de comercio exterior, y se adoptan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ejercerá directamente el control del cumplimiento de las finalidades, objetivos, políticas y programas que deben ser observados por la persona natural o jurídica privada seleccionada, con ocasión del ejercicio de la función que se le asigna. Para tales efectos, la Dirección de Comercio Exterior requerirá a la persona natural o jurídica privada seleccionada, informes trimestrales sobre la gestión adelantada y podrá realizar visitas a las instalaciones destinadas para el ejercicio de la función a ser asignada, en cualquier tiempo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1037 de 2009