° Fijase a partir del 1° de octubre de 1990, para efectos del pago que el Banco de la República deba realizar por concepto de las sumas a que tengan derecho los funcionarios administrativos de la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York y de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos de América con sede en Washington, una tasa de cambio de uno punto cinco (1.5) francos suizos por dólar de los Estados Unidos de América.
Artículo 2
Fijase A Partir Del 1° De Octubre De 1990, Para Efectos Del Pago Que El Banco De La República Deba Realizar Por Concepto De Las Sumas A Que Tengan Derecho Los Funcionarios Administrativos De La Misión Permanente De Colombia Ante La Organización De Las Naciones Unidas Con Sede En Nueva York Y De La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Los Estados Unidos De América Con Sede En Washington, Una Tasa De Cambio De Uno Punto Cinco (1
Decreto 2285 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3031 de 1983.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.