° De acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo; a partir de la vigencia del presente Decreto se reanudan los términos de caducidad de que dispone la Superintendencia de Control de Cambios para decidir sobre la investigación adelantada a Juan Claudio Morales González.
Decreto 2192 de 1988 →Vigente
Artículo 2
De Acuerdo Con Lo Establecido En El Artículo 30 Del Código Contencioso Administrativo; A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Se Reanudan Los Términos De Caducidad De Que Dispone La Superintendencia De Control De Cambios Para Decidir Sobre La Investigación Adelantada A Juan Claudio Morales González
Decreto 2192 de 1988 · Por el cual se resuelve una recusación contra un funcionario de la Superintendencia de Control de Cambios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.