Micelio

Artículo 2.2.2.1.11

Vinculación Al Pilar Solidario

Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vinculación al Pilar Solidario. De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 2381 de 2024, para el trámite de vinculación al Pilar Solidario el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social presentará el listado de potenciales beneficiarios de la Renta Básica Solidaria. Las solicitudes para acceder al Pilar Solidario serán gestionadas por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, de manera gradual y progresiva en coordinación con el Ministerio del Trabajo, según los criterios de priorización, y condicionada a la disponibilidad presupuestal en consonancia con el Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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