Micelio

Artículo 2.12.2.4

Oferta De Revocatoria En Las Conciliaciones Del Artículo 118 De La Ley 2010 De 2019

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oferta de revocatoria en las conciliaciones del artículo 118 de la Ley 2010 de 2019. En las conciliaciones de que trata el artículo 118 de la Ley 2010 de 2019, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social -UGPP, podrá ofertar la revocatoria contra los actos impugnados con la aplicación del esquema de presunción de costos, conforme con lo previsto en el inciso 3 del parágrafo 8 del artículo 118 de la Ley 2010 de 2019, y demás disposiciones consonantes y aplicables, previa aprobación del Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la entidad.PARÁGRAFO: La conciliación de que trata el artículo 118 de la Ley 2010 de 2019, no será aplicable a los intereses generados con ocasión a la determinación de los aportes del Sistema General de Pensiones, para lo cual los aportantes deberán acreditar el pago del 100% de los mismos o del cálculo actuarial cuando sea el caso.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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