El Director General del Fondo cumplirá las siguientes funciones
Ejecutar las decisiones de la Junta Directiva y presentar a su consideración los planes y programas que deba desarrollar la entidad;
Llevar la representación legal del Fondo;
Expedir los actos administrativos necesarios para el correcto funcionamiento del organismo;
Suscribir los contratos que deban celebrarse a nombre del Fondo, con sujeción a las normas sobre la materia;
Constituir mandatarios que representen al Fondo en asuntos judiciales y extrajudiciales:
Las demás que se relacionen con la organización y funcionamiento del Fondo y no estén expresamente atribuidas a otra autoridad, pudiendo delegar en sus subalternos aquellas que determine la Junta Directiva. CAPITULO III PATRIMONIO