Registro penal. En cada oficina judicial se llevará un registro de sentencias y autos de conclusión en el cual se anoten los siguientes datos:
1. Identificación del procesado.
2. Naturaleza del hecho punible.
3. Clase de resolución y fecha de su ejecutoria.
4. Medida de aseguramiento a que fue sometido.
5. Pena o medida de seguridad que se le haya impuesto Copia del registro se enviará a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación.