Micelio

Artículo 3

Ley 4 de 1990 · por la cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación, se asignan funciones a sus dependencias y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Secretario Privado tendrá las siguientes funciones:

a)

Coordinar las actividades del Ministerio Público relacionadas con las labores legislativas del Congreso de la República;

b)

Atender la correspondencia del Procurador General, clasificándola, señalando la prioridad de la misma y proyectando las respuestas que sean necesarias;

c)

Mantenerse informado del contenido de las publicaciones de especial interés para el Ministerio Público e informar al Procurador General del material que a su juicio sea importante;

d)

Desempeñar las funciones de Secretario en el Consejo de Procuradores;

e)

Remitir a las dependencias competentes de la Procuraduría, las informaciones periodísticas sobre hechos que ameriten la intervención del Ministerio Público;

f)

Coordinar la concesión de las audiencias solicitadas al Procurador General y llevar su registro;

g)

Refrendar la firma del Procurador General en ausencia del Secretario General; así mismo la del Secretario General en las actuaciones que éste deba suscribir;

h)

Ejercer las demás funciones que el Procurador General le señale.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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