º. Objeto General . Corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario-INPEC-: dirigir y coordinar el control y seguridad de los establecimientos de reclusión del orden nacional, velar por la debida ejecución de las penas privativas de la libertad y la detención precautelativa; desarrollar programas de tratamiento penitenciario dirigidos a la resocialización y rehabilitación de la población reclusa; administración y sostenimiento de las sedes y establecimientos a su cargo.
Decreto 1170 de 1999 →Inexequible
Artículo 4
º
Decreto 1170 de 1999 · por el cual se reestructura el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario "INPEC"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.