Artículo 2°. La presente ley regirá a partir de la fecha de su promulgación. El Presidente del honorable Senado de la República, Javier Enrique Cáceres Leal. El Secretario General del honorable Senado de la República, Emilio Ramón Otero Dajud.
Ley 1354 de 2009 →Inexequible
Artículo 2
El Presidente Del Honorable Senado De La República, Javier Enrique Cáceres Leal
Ley 1354 de 2009 · por medio de la cual se convoca a un referendo constitucional y se somete a consideración del pueblo un proyecto de reforma constitucional.Declarado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.