Visita técnica de verificación y socialización de la figura de Ecosistemas Acuáticos Agroalimentarios EAA. En un lapso máximo de quince (15) días hábiles posterior a la apertura del expediente, la Dirección de Acceso a Tierras de la ANT o quien haga sus veces ordenará la visita técnica al territorio delimitado como EAA por las comunidades interesadas a través de la organización campesina y/o de pescadores que inició el proceso, para capacitar a las comunidades y organizaciones sobre la figura, y verificar condiciones sociales, económicas, políticas, y ambientales.
De la visita, se suscribirá un acta por parte del representante de la organización campesina y/o de pescadores y los funcionarios designados, la que contendrá, sin perjuicio de otra información relevante, la siguiente:
Ubicación de la territorialidad campesina.
Extensión aproximada.
Número de familias que conforman el Ecosistema Acuático Agroalimentario (EAA).
Principales objetivos del Ecosistema Acuático Agroalimentario (EAA).
Resumen de las condiciones sociales, económicas, políticas y ambientales del Territorio y posibles conflictos interculturales que puedan existir.
La ANT o quien haga sus veces programará y dispondrá de los recursos técnicos, presupuestales y financieros requeridos para apoyar a las organizaciones representativas en las solicitudes de constitución, reconocimiento, ampliación y fortalecimiento del EAA y las actividades requeridas de capacitación y formación sobre tierras, derechos territoriales, desarrollo rural, requisitos, condiciones y procedimiento y demás aspectos relacionados con la territorialidad.
TEXTO CORRESPONDIENTE A