Ámbito de aplicación. El presente Decreto será aplicable a la Nación y a las entidades territoriales que tengan a su cargo la Red Vial Terciaria carretera que quieran acceder a los recursos establecidos en el
Parágrafo 7
del articulo 240 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 92 de la Ley 2010 de 2019, para su mantenimiento, mejoramiento y/o rehabilitación.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.