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Artículo 2

° Serán Admitidos Á Concurso Quienes Comprueben Estos Hechos: A) Falta De Recursos Para Estudiar, La Cual Se Comprobará Con Atestaciones Ó Certificados Fidedignos

Decreto 161 de 1912 · Sobre becas oficiales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Serán admitidos á concurso quienes comprueben estos hechos: a) Falta de recursos para estudiar, la cual se comprobará con atestaciones ó certificados fidedignos. b ) La edad fijada por los reglamentos del instituto donde hayan de adjudicarse las becas, la que se comprobará con la fe de bautismo del aspirante. c ) Buena salud, comprobada con certificados de un médico graduado. d ) Buena conducta, cuya prueba serán las calificaciones que el educando haya obtenido en sus estudios anteriores. e ) Aptitudes para el estudio, las cuales quedarán comprobadas con las calificaciones dichas, y f ) Los conocimientos previos exigidos en el programa del respectivo establecimiento y comprobados de aquel mismo modo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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