Micelio

Artículo 2

En Aplicación De Lo Dispuesto Por La Ley 163 De 1959, Todas Las Restauraciones, Refacciones, Remodelaciones Y Las Obras De Protección, Defensa Y Conservación Que Se Deban Efectuar En El Santuario Y Claustro De Nuestra Señora Del Carmen, Deberán Contar Previamente Con La Aprobación Del Consejo De Monumentos Nacionales

Decreto 804 de 1993 · por el cual se declara Monumento Nacional el Santuario y el Claustro de Nuestra Señora del Carmen, ubicado dentro del sector antiguo de la ciudad de Santafé de Bogotá, D. C.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En aplicación de lo dispuesto por la Ley 163 de 1959, todas las restauraciones, refacciones, remodelaciones y las obras de protección, defensa y conservación que se deban efectuar en el Santuario y Claustro de Nuestra Señora del Carmen, deberán contar previamente con la aprobación del Consejo de Monumentos Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 804 de 1993