Micelio

Artículo 3

Serán Funciones De La Mesa De Concertación Awá: A) Recomendar Acciones Que Permitan Atender A La Población En Situación De Desplazamiento Forzado, Proponiendo Planes Especiales Dentro Del Marco De Atención Diferencial Y Superar La Situación Por La Cual Están Atravesando Las Comunidades Indígenas Del Pueblo Awá Para El Goce Y Ejercicio De Sus Derechos Fundamentales

Decreto 1137 de 2010 · por el cual el Gobierno Nacional crea la Mesa de Concertación para el Pueblo Awá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Serán funciones de la Mesa de Concertación Awá

a)

Recomendar acciones que permitan atender a la población en situación de desplazamiento forzado, proponiendo planes especiales dentro del marco de atención diferencial y superar la situación por la cual están atravesando las comunidades indígenas del Pueblo Awá para el goce y ejercicio de sus Derechos Fundamentales.

b)

Sugerir y apoyar medidas para prevenir las violaciones de los Derechos Fundamentales.

Parágrafo

Esta Mesa se dará su propio reglamento, fijará su cronograma de trabajo, sesionará ordinariamente bien sea en los departamentos de Nariño, Putumayo, o en la ciudad de Bogotá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1137 de 2010