Dirección General de Políticas de Administración Pública Son funciones de la Dirección General de Políticas de Administración Pública las siguientes: 1 Dirigir y adelantar la realización de los estudios e investigaciones requeridos para formular las políticas de organización y gestión administrativa, tendientes a introducir reformas a la macroestructura de la Rama Ejecutiva e identificar proyectos de modernización y tecnificación de la Administración Pública que incrementen su competitividad y productividad. 2. Preparar las recomendaciones que deben presentarse al Gobierno Nacional para adecuar la estructura de la administración pública a las exigencias constitucionales y legales, dimensionar su organización y funcionamiento y racionalizar el uso de los recursos públicos. 3. Realizar estudios e investigaciones tendientes a redefinir las relaciones entre los sectores público y privado, propendiendo por una colaboración ágil y transparente entre el Estado y los particulares. 4. Diseñar mecanismos, procedimientos y soportes administrativos orientados a fortalecer la participación ciudadana en general y de la población usuaria en el proceso de toma de decisiones, en la fiscalización y en el óptimo funcionamiento de los servicios y la coordinación con el nivel territorial. 5. Colaborar con la formulación y el diseño de los sistemas de información requeridos para el análisis de la organización administrativa del Estado, el proceso de toma de decisiones y el desempeño general del sector público. 6. Participar en la formulación de las políticas generales en materia de Control Interno y proponer al Gobierno Nacional la reglamentación del Sistema Nacional de Control Interno. 7. Promover la realización de estudios dirigidos a incorporar criterios de competitividad y productividad en el desempeño del sector público con el propósito de hacer más racional la utilización de los recursos públicos. 8. Organizar el Banco de Exitos de la Administración Pública y establecer los criterios y mecanismos para el otorgamiento del Premio Nacional de Alta Gerencia. 9. Elaborar estudios y diagnósticos institucionales y sectoriales. 10. Coordinar con la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, sobre los contenidos curriculares y actividades objeto del Programa Escuela de Alto Gobierno, así como la difusión de políticas relacionadas con esta dependencia. 11. Preparar los proyectos de ley y reglamentos propios del ámbito de su competencia y someterlos a consideración del Director del Departamento. 12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.
Decreto 1444 de 1999 →Vigente
Artículo 11
Decreto 1444 de 1999 · por el cual se reestructura el Departamento Administrativo de la Funcion Publica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.