º Para efectos presupuestales el valor de la nómina no podrá exceder el valor de la nómina correspondiente a los cargos señalados en el artículo 1º. Cuando se nombren funcionarios en uno de los cargos del artículo 2º se tendrá en cuenta esta limitación.
Decreto 1913 de 1992 →Vigente
Artículo 3
º Para Efectos Presupuestales El Valor De La Nómina No Podrá Exceder El Valor De La Nómina Correspondiente A Los Cargos Señalados En El Artículo 1º
Decreto 1913 de 1992 · por el cual se establece la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial-Dirección de Aduanas Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.