Micelio

Artículo 74

No Habrá Lugar Al Pago De Suma Alguna Por Concepto De Transporte Del Equipaje Cuando El Funcionario Renuncie Al Cargo O Solicite Traslado Antes De Cumplir Un (1) Año En El Ejercicio Del Mismo

Decreto 2016 de 1968 · Orgánico del Servicio Diplomático y Consular

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

No habrá lugar al pago de suma alguna por concepto de transporte del equipaje cuando el funcionario renuncie al cargo o solicite traslado antes de cumplir un (1) año en el ejercicio del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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