°. La Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales en el orden municipal estará integrada por
El Alcalde del municipio, quien la presidirá.
El Comandante de Policía del municipio.
El Registrador Municipal.
El Personero Municipal.
El Contralor Municipal.
El funcionario de la Fiscalía General de la Nación de mayor jerarquía en el respectivo municipio.
El Defensor Regional del Pueblo cuando su asiento principal esté domiciliado en el respectivo municipio El Secretario de Gobierno Municipal, será el Secretario Técnico de la respectiva Comisión.