Prorrogas de comisiones. De conformidad con lo preceptuado en el Artículo 97 del Decreto 612 de 1977, las prórrogas de las comisiones que sumadas al tiempo fijado inicialmente, excedan los límites señalados en el Articulo 95 del citado Decreto, sólo podrán ser autorizados por quien tenga la facultad de conferir la comisión inicial y la prórroga o prórrogas.
Decreto 1300 de 1978 →Vigente
Artículo 116
Prorrogas De Comisiones
Decreto 1300 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 612 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.