Micelio

Artículo 4

Decreto 1332 de 1971 · Por el cual se dictan varias disposiciones en materia inmigratoria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. La tramitación de visas ordinarias y temporales y demás, no consideradas en el canje de notas del 7 de mayo de 1971 a favor de los ciudadanos de Barbados, quedará sujeta a la estricta observancia de la reglamentación establecida por las disposiciones legales pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1332 de 1971