Si sancionada una ordenanza se abstuviere de promulgarla la Gobernación, podrá hacer esto el Presidente de la Asamblea por medio de folletos o de hojas sueltas repartidas a los funcionarios a quienes corresponda cumplirlas o hacerlas cumplir.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.